Los jueces que deban llevar adelante el posible juicio oral contra el violador serial se enfrentarán a un proceso novedoso. Pero mucho dependerá de lo que haga el fiscal de Cámara. Pero hasta aquí no se puede asegurar, en caso de haber condena, qué pena se la aplicará al depravado
La fiscala de Instrucción Adriana Giannoni le imputó al acusado (en realidad lo hizo con los cuatro, pero ella centra sus sospechas en sólo uno de ellos) seis casos de abuso sexual con acceso carnal en concurso real. ¿Qué significa esto? Que en caso de mantenerse la acusación durante el juicio, las penas de cada uno de los delitos deberían ser sumadas.
El Código Penal, en el artículo 119 prevé penas que van desde los seis a los 15 años de prisión para quien "abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando esta fuera menor de 13 años cuando hubiere acceso carnal por cualquier vía". Al respecto, en el capítulo sobre el concurso de delitos, el artículo 55 dice: "cuando ocurrieren varios hechos independientes reprimidos con una misma especia de pena, la pena aplicable al reo tendrá como mínimo el mínimo mayor (seis años) y como máximo la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos. Sin embargo, esta suma no podrá exceder de cincuenta años de reclusión o prisión". Algunos camaristas consultados por LA GACETA advirtieron que, nunca, en la provincia se dictó una pena mayor de 25 años de prisión (en el caso de los delitos perpetrados con agravante). Y el único caso en el que una fiscal de Cámara pidió más de esa pena fue el 6 de junio de 2002. Ese día Juana Prieto de Sólimo solicitó 30 años de cárcel para Rodolfo Martín, imputándole los delitos robo agravado en cuatro casos (en perjuicio de 11 personas), privación ilegítima de la libertad (en contra de ocho jóvenes, en dos casos diferentes), tentativa de abuso (de dos chicas), y tentativa de homicidio en concurso real. Pero los jueces de la sala III de la Cámara Penal lo condenaron a 22 años de cárcel.
A pesar de que el Código Penal establece una sumatoria de pena de hasta 50 años, hay doctrinas encontradas. Si se toma el Código fríamente, y se condena al violador serial al máximo de la pena como dice la ley, la sentencia debería elevarse a 36 años como mínimo y 50 como máximo. Sin embargo quedará a criterio de los camaristas la pena que finalmente se dictará y el tiempo real que el acusado pase detrás de las rejas.